Uso de banderas mapuche y  otras   
El 15 de septiembre de 2009 entró en vigencia el Convenio 169 de la OIT,  por el cual se garantiza reconocimiento y protección a los pueblos indígenas,  así como promoción y respeto a sus formas de vida, sus culturas e instituciones.  Invocando dicho convenio, el Consejo Mapuche Mallolafquén solicitó a la  Municipalidad de Villarrica izar la bandera mapuche junto con el emblema  nacional, requerimiento que fue rechazado por el alcalde de dicha comuna, quien,  no obstante, pidió un pronunciamiento de la Contraloría General, pues la ley  regula el uso de los emblemas nacionales. De hecho -y aunque carece de todo  sentido-, la misma ley prohíbe a los ciudadanos izar la bandera chilena, excepto  los días 21 de mayo y 18 y 19 de septiembre en los cuales, además, están  obligados a hacerlo. 
 El 28 de abril la Contraloría dictaminó que "la Municipalidad de Villarrica  se encuentra facultada para autorizar el izamiento de la bandera, emblema o  escudo del pueblo mapuche junto a la bandera nacional, en las reparticiones  municipales de su dependencia, en el entendido de que el uso de esos símbolos  cumpla la exigencia de satisfacer una expresión cultural, educativa o artística  de la referida etnia". 
 Este dictamen no hace sino reflejar los pasos dados por los gobiernos de la  Concertación en cuanto al reconocimiento a las distintas etnias indígenas y  otros grupos minoritarios de la sociedad, en procura de una sociedad más  pluralista y tolerante con la diversidad étnica y cultural. Sin embargo, esta  multiculturalidad parece enfrentarse a la necesidad de resguardar y fortalecer  la común identidad nacional, a cuyo respecto los símbolos patrios, y en especial  la bandera, cumplen un papel fundamental. Desde esta perspectiva, son atendibles  los cuestionamientos de quienes han planteado que izar banderas indígenas junto  a la bandera nacional estaría contraviniendo la tradición unitaria del Estado  chileno. Esta discusión ya había sido planteada con anterioridad, al debatirse  el reconocimiento constitucional a los pueblos indígenas, advirtiéndose la  necesidad de preservar la unidad e identidad nacional. Este resguardo cobra  especial importancia porque, pese a ese reconocimiento, algunos dirigentes  mapuches han mantenido sus demandas, sosteniendo que lo que se ha producido  hasta ahora no es un acogimiento a los requerimientos políticos (autonomía y  libre determinación) de los pueblos originarios, sino que se limita a aspectos  meramente culturales. 
 Con todo, y aunque el dictamen de la Contraloría sólo se refiere al uso de la  bandera mapuche junto con la chilena, sus efectos parecen estar yendo más lejos.  Cabe notar que el presidente del partido Wallmapuwen, Gustavo Quilaqueo, ya ha  solicitado el uso del emblema mapuche en distintas reparticiones públicas, e  incluso en establecimientos educacionales, y el presidente del Consejo de Todas  las Tierras, Aucán Huilcamán, está abogando por izar la bandera en La Moneda.  Frente a esto, parece conveniente destacar que la Contraloría limitó la  autorización a la satisfacción de expresiones culturales, educativas o  artísticas, por lo que este dictamen no tiene el alcance ni debiera ser  utilizado en el sentido de acoger las exigencias políticas más o menos  autonomistas de ciertos sectores mapuches. Su empleo no debería ser diferente  del que ya tienen otras banderas regionales o locales, como las de Magallanes u  otras. Y, además, cabría preguntarse si era del todo indispensable que la  Contraloría abordara este asunto, ya que, como se ha visto, tiene connotaciones  que exceden con creces el ámbito administrativo y pueden proyectarse sobre  aspectos que la ciudadanía no ha debatido.
  FUENTE: emol
Saludos,
  
 RODRIGO  GONZALEZ  FERNANDEZ
DIPLOMADO EN  RSE DE LA ONU
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