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lunes, febrero 13, 2006

 

Un empresario me ha preguntado sobre la madurez del líder. Prefieres un líder maduro o uno menos fogueado para una empresa de abogados , para una empresa consultora y una industrial mediana. La respuesta por tratarse de algo general la damos en estos términos.

LA MADUREZ DEL LÍDER:

  1. "La persona madura da a las cosas la importancia que tienen y es notablemente objetivo."
  2. "El profesional maduro es eficaz porque se acepta, se conoce a sí mismo, sabe de lo que es capaz y de lo que no lo es y, por tanto, es responsable y suele cometer pocos errores."
  3. “La persona madura da a las cosas la importancia que tienen y es notablemente objetivo.”
  4. “El profesional maduro es eficaz porque se acepta, se conoce a sí mismo, sabe de lo que es capaz y de lo que no lo es y, por tanto, es responsable y suele cometer pocos errores.”
  5. “El maduro pacta con su realidad y tiene un proyecto de vida con sentido. El proyecto del inmaduro es fragmentario y laberíntico.”
  6. “El inmaduro no se compromete a nada, está de vuelta de todo, se frustra con facilidad y para él siempre todo depende.”
  7. Es cierto el grosero refrán español de que "más se queja el que se caga en el manta que el que la lava.”
  8. “El inmaduro, en el fondo, es una persona de vida desgraciada porque busca la diversión continua a toda costa.”
  9. “El inmaduro no sólo hace sufrir a quien tiene al lado, sino que encima ¡él se considera la víctima!.”

 

La madurez del lider.  Saludos Rodrigo González Fernández, consultajuridica.blogspot.com

TRANSPARENCIA EN GESTION PUBLICA

Recién se publicó en el Diario Oficial la ley que obliga a las personas que ejercen alguna función pública a declarar no sólo sus intereses sino también su situación patrimonial. Asi nos ha informado Jovino Novoa, Senador.

Entre las personas obligadas a efectuar dichas declaraciones están el Presidente de la República, los Ministros de Estado, los Subsecretarios, Intendentes, Gobernadores, Secretarios Regionales Ministeriales, jefes Superiores de Servicio, Embajadores, Consejeros del Consejo de Defensa del Estado, Contralor General de la República, los oficiales generales y oficiales superiores de las Fuerzas Armadas y niveles jerárquicos equivalentes de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, Alcaldes, Concejales y Consejeros Regionales, autoridades y funcionarios directivos, Diputados y Senadores, etc.

A grandes rasgos, la declaración de intereses debe contener la individualización de las actividades profesionales y económicas en que participa la autoridad o el funcionario.

Ésta debe hacerse dentro del plazo de treinta días contado desde la fecha de asunción del cargo y debe actualizarse cada cuatro años o cada vez que ocurra un hecho relevante que la modifique. Su presentación se hace, en general, ante la Contraloría General de la República.

Por su parte, la declaración de patrimonio, a la que están obligadas las mismas personas señaladas más arriba, además de los Directores que representen al Estado en algunas sociedades anónimas, debe hacerse en el mismo plazo y ante el mismo organismo que la declaración de intereses.

La declaración de patrimonio debe contener la individualización de los siguientes bienes:

a.- Inmuebles del declarante, indicando las prohibiciones, hipotecas, embargos, litigios, usufructos, fideicomisos y demás gravámenes que les afecten, con mención de las respectivas inscripciones;

b.- Vehículos motorizados, indicando su inscripción;

c.- Cualquier título transferible, incluyendo acciones, opciones a la compra y venta de acciones, bonos, debentures, cuotas de fondos mutuos, planes de ahorro, efectos de comercio y, en general, todo título de crédito o inversión, sea que se transen en Chile o en el extranjero;

d.- Derechos que le corresponden en comunidades o en sociedades constituidas en Chile o en el extranjero.

e.- La declaración debe contener también una enunciación del pasivo, si es superior a 100 unidades tributarias mensuales.

Además, la declaración de patrimonio comprende también los bienes del cónyuge, siempre que estén casados bajo el régimen de sociedad conyugal.

No obstante, si el cónyuge es mujer, no se considerarán los bienes que ésta administre por las siguientes razones:

a.- Por ser de su patrimonio reservado;
b.- Por tratarse de donaciones, herencias o legados hechas con la condición precisa de que no tenga la administración el marido;
c.- Por tratarse de capitulaciones matrimoniales en que se hubiere estipulado que la mujer administre separadamente alguna parte de sus bienes.

Si el funcionario no presenta sus declaraciones o no lo hace dentro de plazo, puede ser sancionado con una multa de 10 a 30 unidades tributarias mensuales. Además, en caso de persistir en esta conducta, ello se puede tomar en cuenta al momento de calificarlo y se le pueden aplicar sanciones disciplinarias.

Se presume incumplimiento de la obligación de presentar declaración cuando transcurren 30 días desde que la declaración fuere exigible.

Por último, la inclusión a sabiendas de datos relevantes inexactos y la omisión inexcusable de información relevante requerida por la ley en la declaración de intereses o en la de patrimonio también son tenidas en cuenta para los efectos de las calificaciones y se sancionan disciplinariamente con multa de 10 a 30 unidades tributarias mensuales.

Creemos que este es el tipo de leyes que hacían falta en nuestro país para hacer más transparente el ejercicio de las funciones públicas.

Jovino Novoa , Senador , Mayor Transparencia, se publica la nueva Ley, saludos Rodrigo Gonzalez Fernández, consultajuridica.blogspot.com

 

HOY ES LA ERA DEL ESTRÉS

 

De regreso de vacaciones , unos reparadores días en el Sur de Chile, en que pude ver los progresos en materia de explotaciones  agrícolas en el ámbito Lechero, realmente  espectaculares, ya estamos  en la lucha  y en la realidad cotidiana  y a propósito de la  vida laboral decimos  :

Sin embrago, de un tiempo a esta parte las situaciones que desencadenan en estrés laboral, ya sea Mobbing “(acoso laboral) o “Burn Out” (síndrome de agotamiento laboral),y otros descritos por los profesionales del sector,  no son ninguna novedad para la dirección de RRHH. Lamentablemente, la causas relacionadas con este problema están , precisamente , en el entorno laboral y en la capacidad individual de afrontar responsabilidades, altas dosis de presión o situaciones de incertidumbre ante los cambios que cada día son mayores y más profundos..

 

En este sentido, los  profesionales y directivos de RRHH deben  proporcionar los instrumentos necesarios para diagnosticar y prevenir situaciones que favorezcan el estrés laboral, aprovechando las herramientas que nos ofrece la tecnología. Para ello, las evaluaciones de clima laboral y la puesta en marcha de proyectos de formación que permitan el desarrollo de habilidades directivas, son de gran ayuda para eliminar la incertidumbre laboral y hacer frente a este problema.

 

En este sentido, Toni Jordan, responsable de Help Desk en API, Aplicaciones y Proyectos Informáticos, en su artículo, “La era del estrés” nos recuerda que si mantenemos un ambiente de trabajo inestable, “las personas lo perciben como una amenaza, desencadenando una reacción de estrés”, lo que al final se traduce en graves problemas personales y laborales. Por esta razón, se hace imprescindible que seamos proactivos y que creemos una cultura preventiva ante este tipo de enfermedad. Mentor Chile, con asociaciones internacionales  esta haciendo esfuerzos para traer a Chile interesantes alternativas en materia de “ Marca Personal “ y en “Coaching

Saludos Rodrigo González Fernández Consultajuridica.blogspot.com.