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miércoles, mayo 30, 2007

OMBUDSMAN EN LA CAMARA DE DIPUTADOS DE CHILE.

CAPITULO CHILENO DEL OMBUDSMAN EN LA CAMARA DE DIPUTADOS

DEFENSORIA DEL PUEBLO: AHORA SI"

El Capítulo Chileno del Ombudsman, organismo civil y autónomo, que propicia la creación de

la figura del Defensor del Pueblo (ombudsman) declara:

1. Atendida las situaciones de desprotección de derechos, subsistentes o manifestadas en el

último tiempo, que afectan las condiciones de vida de la población, unido a los lineamientos del

último Mensaje Presidencial, hacen propicio, necesario y urgente el relanzamiento de la iniciativa

de una Defensoría del Pueblo.

2. Si bien la Presidenta no mencionó esta institución en su Mensaje a la Nación, éste estuvo

marcado por la necesidad de la protección social integral para todos los chilenos y chilenas, siendo

lo central para la Mandataria los derechos sociales de los ciudadanos y su efectiva garantía.

3. La tutela de tales derechos, así como de todos los otros derechos y garantías ciudadanas,

constituye una obligación de los órganos del Estado y de los particulares que atienden la satisfacción

de las necesidades publicas. La Defensoría del Pueblo será la institución autónoma del Estado

que acoja denuncias, divulgue, promueva y observe la protección de tales derechos, velando para

que las instituciones que correspondan, cumplan su misión de satisfacer los derechos de carácter

público que asisten a los habitantes.

Su labor es única dentro del ordenamiento institucional. Es un observador crítico de la sociedad,

sus instituciones y mecanismos, en lo relativo a los derechos de las personas. No ejercerá facultades

coercitivas pero sí una magistratura de persuasión, autoridad moral y una labor propositiva.

Coadyuva a los poderes del Estado, no compite con ellos.

4. Ha llegado el momento que Chile, deje de ser uno de los pocos países que no han dado

cumplimiento a la exigibilidad de Naciones Unidas, y reiteradas recomendaciones a los últimos

gobiernos, de crear las condiciones para un defensor nacional de derechos humanos y ciudadanos,

de conformidad a los Principios de Paris.

5. Apreciamos altamente que el Gobierno hay a abierto la posibilidad de relanzar política

comunicacionalmente el postergado proyecto de Defensoría del Ciudadano y reconocemos

especialmente el apoyo de la Comisión Asesora Presidencial para la Protección de los Derechos

de las Personas. La presencia hoy de varios diputados asegura que, ahora sí, este proyecto que

debe impulsar el gobierno, no quedará abandonado.

6. Velaremos por la activa participación de la ciudadanía en la gestación de la Defensoría, en

pos de obtener un órgano de alta legitimidad social, que interprete adecuadamente las demandas

de la sociedad. Mediante la protección no jurisdiccional de derechos, fortalecerá la democracia

y contribuirá a hacer más equitativa la vida de los habitantes.

Santiago, 28 de Mayo de 2007

 

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http://www.ombudsman.cl/

Saludos
rodrigo gonzalez fernandez
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Santiago Chile

Desde el viernes rige decreto que obliga a los vehículos a circular con luces encendidas

Desde el viernes rige decreto que obliga a los vehículos a circular con luces encendidas

30 de mayo 2007


A partir del viernes 1 de junio rige el Decreto 181 del Ministerio de Transportes, que señala que "los vehículos motorizados, cuando circulen por rutas interurbanas, incluso cuando estas rutas atraviesan zonas urbanas, deberán hacerlo con sus luces de circulación diurnas encendidas; en caso de no contar con dichas luces, deberán hacerlo con sus luces bajas encendidas".
 
La normativa argumenta que los vehículos con luces bajas encendidas presentan mayores niveles de contraste con el entorno, favoreciendo a otros conductores y peatones que se percaten de su presencia, independiente de las condiciones climáticas y de luminosidad.
 
El Instituto Holandés de Investigación  para la Seguridad Vial señala que, en los países en que se ha implementado el uso de luces diurnas, se han evitado 20% de heridos y 25% de muertes, producto de colisiones diurnas. Otra investigación, que recoge 41 estudios previos sobre el tema, indica que se han reducido las colisiones diurnas entre un 8% y 15%; y que los atropellos a peatones y ciclistas disminuyeron en un 15% y 10%, respectivamente.
 
El Informe Mundial sobre la Prevención de los Traumatismos Causados por el Tránsito  de la Organización Mundial de la Salud (OMS), recomienda que los países consideren la posibilidad de exigir la utilización de luces diurnas no sólo en vehículos de dos ruedas.
 
Aunque en Chile sólo el 13% de los accidentes de tránsito se producen en las vías no urbanas, éstos concentran el 57% del total de fallecidos.
 
No respetar la nueva disposición reglamentaria será considerado una infracción grave que será penalizada con multas que van de 1 a 1,5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), aproximadamente entre 32 y 48 mil pesos.
Saludos
rodrigo gonzalez fernandez
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Santiago Chile